En las dos últimas semanas ha
llamado la atención el fallo del Segundo Tribunal Ambiental del proyecto “Desarrollo
de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi”, cuyo
fallo se relaciona con los impactos sobre el medio humano y medio marino de la
planta desaladora. Este proyecto fue
aprobado en diciembre de 2021, inicialmente por RCA (Resolución de Calificación
Ambiental) de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA)
y hubo dos recursos de reclamación que fueron desestimados por el Comité de
Ministros, agosto de 2023.
El proyecto tiene una relevancia estratégica para Collahuasi en su continuidad operacional por 20 años más y la transición hacia el cese del uso de aguas continentales en la Región de Tarapacá que provienen de los salares Coposa y Michincha.
El análisis de las implicancias
de este fallo desde el punto de vista de análisis técnico de la inversión se
relaciona con los siguientes riesgos para Collahuasi:
Genera retrasos en el camino
crítico del proyecto y se incurre en el costo de oportunidad, dado que la
judicialización post RCA paraliza o condiciona las obras civiles de la
construcción y operación de la planta desaladora. Además, genera un impacto
financiero, dado que desfasa la producción proyectada y altera el rendimiento
de la inversión en el tiempo, valor presente neto de la inversión, porque al
postergarse la puesta en marcha de la desalinización, limita la velocidad de
expansión de la capacidad de tratamiento del mineral, principalmente, en la
planta concentradora.
Por otra parte, la sentencia
ambiental obliga a Collahuasi a realizar estudios adicionales posibles para
realizar un nuevo Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o
Ampliaciones (ICSARA) para resolver las “ilegalidades de la evaluación
asociadas al componente humano” y también en “ilegalidades relacionadas con la
evaluación ambiental del medio marino”.
Estos elementos impactan en las
percepciones empresariales de futuros inversionistas de otros proyectos. Se
percibe que una resolución ambiental no
entrega plena certidumbre si las cortes ambientales pueden retrotraer la decisión de autorización, dado que a pesar
de que existe un límite de tiempo para ello. En este caso, desde cuando se hicieron
las reclamaciones (octubre 2023 a mayo 2024) ha pasado un tiempo suficiente para que el
tribunal se pronunciara con su fallo, que en esta ocasión ocurrió extemporáneamente,
una vez realizada gran parte la inversión.
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