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26 de mayo de 2026

Fallo ambiental de Proyecto de Collahuasi


En las dos últimas semanas ha llamado la atención el fallo del Segundo Tribunal Ambiental del proyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi”, cuyo fallo se relaciona con los impactos sobre el medio humano y medio marino de la planta desaladora. Este proyecto  fue aprobado en diciembre de 2021, inicialmente por RCA (Resolución de Calificación Ambiental) de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y hubo dos recursos de reclamación que fueron desestimados por el Comité de Ministros, agosto de 2023.

El proyecto tiene una relevancia estratégica para Collahuasi en su continuidad operacional por 20 años más y la transición hacia el cese del uso de aguas continentales en la Región de Tarapacá que provienen de los salares Coposa y Michincha.




El análisis de las implicancias de este fallo desde el punto de vista de análisis técnico de la inversión se relaciona con los siguientes riesgos para Collahuasi:

Genera retrasos en el camino crítico del proyecto y se incurre en el costo de oportunidad, dado que la judicialización post RCA paraliza o condiciona las obras civiles de la construcción y operación de la planta desaladora. Además, genera un impacto financiero, dado que desfasa la producción proyectada y altera el rendimiento de la inversión en el tiempo, valor presente neto de la inversión, porque al postergarse la puesta en marcha de la desalinización, limita la velocidad de expansión de la capacidad de tratamiento del mineral, principalmente, en la planta concentradora.

Por otra parte, la sentencia ambiental obliga a Collahuasi a realizar estudios adicionales posibles  para realizar un nuevo Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA) para resolver las “ilegalidades de la evaluación asociadas al componente humano” y también en “ilegalidades relacionadas con la evaluación ambiental del medio marino”.

Estos elementos impactan en las percepciones empresariales de futuros inversionistas de otros proyectos. Se percibe  que una resolución ambiental no entrega plena certidumbre si las cortes ambientales pueden retrotraer  la decisión de autorización, dado que a pesar de que existe un límite de tiempo para ello. En este caso, desde cuando se hicieron las reclamaciones (octubre 2023 a mayo 2024) ha pasado un tiempo suficiente para que el tribunal se pronunciara con su fallo, que en esta ocasión ocurrió extemporáneamente, una vez realizada gran parte la inversión.

  Dr. Héctor Varas M.

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