Dr. Héctor Varas M.
Los últimos acontecimientos en Chile se han
manifestado claramente sobre la inmigración ilegal, el nombramiento de las
personas que ocuparán los puestos en los ministerios y subsecretarías del
próximo gobierno y la nominación reciente de la presidencia del Banco Central.
No obstante de ser estos temas importantes,
también los medios han difundido los avances de las comisiones de la Convención
Constituyente, y llama la atención la votación en la Comisión de Medio Ambiente
y Modelo Económico, acerca de las iniciativas para perfilar el modelo económico
donde se rechazó la propuesta “consagrar el derecho a la libre competencia
económica y empresarial, y promover la competencia”. Además, esta iniciativa se complementa con el
derecho a desarrollar cualquier actividad económica, “teniendo como limites la
moral, el orden público, la seguridad nacional, el desarrollo sostenible; y que
esta pueda ser regulada por ley”. Adicionalmente, se rechazó “La economía de
Chile tendrá su base en los principios de la Economía Social de Mercado”.
Inmediatamente surge la consulta, ¿cuáles van a
ser los principios constitucionales que
van a regir las actividades económicas del país?, y por lo visto, la discusión se centra en el
rol del estado subsidiario vs uno benefactor, y que la mayor parte de los
constituyentes de esta Comisión proponen un modelo que asegura el “buen vivir” donde el
Estado garantice las actividades económicas y empresariales "con el límite de las condiciones
previstas en esta Constitución y las leyes, debiendo éstas ser establecidas en
conformidad a la función social y ecológica de la propiedad y los derechos de
los pueblos indígenas, la protección de los derechos humanos y de la
Naturaleza, la seguridad e integridad del territorio del Estado y la salud
pública".
La redacción de este principio es bastante restrictiva
para generar actividad económica y cuya aplicación requiere aclaraciones
concretas acerca de los alcances de derechos de pueblos indígenas, protección
de derechos humanos y naturaleza, función social y ecológica de la propiedad, entre
otros.
Para lograr una eficiencia en la asignación de
recursos económicos es esencial la libre competencia, la inversión, el
emprendimiento, y en consecuencia el derecho a la propiedad privada tanto de
aspectos relacionados con: la innovación, propiedad intelectual, bienes y
servicios, con las regulaciones de leyes
específicas que pueden asegurar el “buen vivir” de la sociedad chilena.
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